Un nuevo decreto reforzará el respeto y la disciplina en los centros educativos para luchar contra el acoso escolar

El consejero de Educación presenta el texto que incluye la agresión, la amenaza, las manifestaciones de odio o el robo como faltas muy graves

Cuando haya acoso escolar demostrado, el agresor será cambiado de centro si cursa enseñanzas obligatorias o expulsado definitivamente si cursa enseñanzas no obligatorias

El futuro decreto refuerza la autoridad docente y los profesores podrán expulsar directamente al alumno de la clase para que cese de inmediato una conducta contraria a la convivencia

El Gobierno regional implantará un nuevo decreto que reforzará la disciplina y el respeto en los centros educativos para luchar contra el acoso escolar. El consejero de Educación y Formación Profesional, Víctor Marín, presentó hoy el texto en el Consejo de Gobierno, con lo que se inicia la tramitación de la norma.

El futuro decreto por el que se establecen las normas de respeto y disciplina en materia de convivencia escolar tiene como objetivo "la tolerancia cero contra el acoso escolar, endurece las sanciones relacionadas con este ámbito, que incluyen la expulsión definitiva del centro". Además, "se refuerza la autoridad docente y se impone más disciplina y respeto en los centros educativos endureciendo las sanciones para comportamientos como desobediencia, incorrección, insulto, amenaza y agresión, con el fin de mejorar el clima de convivencia y que las aulas y su entorno sólo puedan ser espacios más seguros donde el alumnado crezca en valores y formación", resaltó Marín.

Entre las novedades que recoge el texto se encuentra que, si se demuestra un caso de acoso escolar, el agresor será cambiado de centro en el caso de que curse enseñanzas obligatorias o expulsado definitivamente si cursa enseñanzas no obligatorias.

Las faltas leves desaparecen y las faltas graves y muy graves pasan a denominarse 'conductas perjudiciales para la convivencia' y 'conductas gravemente perjudiciales para la convivencia', respectivamente, con el fin de elevar la categoría de las faltas y las medidas correctoras.

La desobediencia, la indisciplina, la desconsideración, el incumplimiento de una norma y la incorrección en clase, como interrupciones, pasan de falta leve a conductas perjudiciales para la convivencia, mientras que la agresión, amenaza, acoso, manifestaciones de odio o el robo pasan a ser conductas gravemente perjudiciales para la convivencia. Por ejemplo, llevar el móvil a clase está prohibido, antes era una falta leve y ahora pasa a la categoría de conducta perjudicial para la convivencia.

El cambio en la clasificación de las faltas permite al director del centro delegar en los docentes la aplicación de las medidas correctoras para las conductas perjudiciales para la convivencia, que antes eran faltas leves, para que puedan actuar directamente, sin necesidad de una amonestación previa o de abrir un parte, pudiendo expulsar al alumno del aula de forma directa e inmediata con el fin de que cese en la conducta contraria a la convivencia. Se amplía la potestad de los docentes para sancionar conductas perjudiciales para la convivencia, mientras que el director se encargará de las sanciones que conlleven expulsión del alumno o cambio de grupo.

Medidas provisionales obligatorias

Otra de las novedades es que las medidas provisionales, como la no asistencia a clase, pasan de opcionales a obligatorias mientras se investiga una falta grave o muy grave, se aclaran los hechos y se decide la sanción definitiva.

Esta nueva normativa ampliará su ámbito de aplicación al transporte escolar y a los comedores y estará vigente durante todo el tiempo de permanencia del alumnado en el centro educativo. Las infracciones en este contexto son de mayor relevancia y serán motivo de agravante al tratarse de un espacio de socialización, con menor vigilancia y más distendido. Entre las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia se encuentran las faltas en comedor y transporte, que pueden llevar aparejada la sanción de la suspensión del derecho asistencia a estos servicios entre seis días o lo que resta del curso, cuando anteriormente era un máximo de cinco días y no existía la medida correctora de suspensión de asistencia al comedor escolar.

Reducción de la tramitación de los expedientes

También se reduce la carga burocrática del profesorado en los procedimientos sancionadores disciplinarios, que pueden ser abreviados u ordinarios. Los abreviados no contemplan investigación porque el docente ha presenciado y constatado los hechos sucedidos y por lo tanto se aplica la medida correctora sin necesidad de investigación.

Los procedimientos ordinarios, con la instrucción del expediente y pertinente investigación, se realizan cuando las medidas a adoptar con el alumno implican expulsión, cambio de centro, es un expediente de acoso o los hechos que se denuncian no han sido constatados.

El consejero resaltó que "desde el Gobierno regional apostamos por reforzar la figura del docente como persona de autoridad, endurecer el régimen sancionador, fortalecer el clima de respeto en los centros, y poner en marcha nuevos protocolos de actuación con el fin de ser más contundentes ante las agresiones y cualquier forma de violencia, de exclusión o de humillación, para erradicar definitivamente cualquier forma de acoso escolar".

En cuanto a la tramitación del decreto, próximamente se publicará en el Portal de la Transparencia, con el fin de que las personas interesadas puedan presentar sugerencias, posteriormente continuará en los servicios jurídicos, tendrá que recibir el visto bueno del Consejo Escolar de la Región de Murcia, del Consejo Jurídico y, finalmente, ser aprobado por el Consejo de Gobierno. El decreto entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, previsiblemente el próximo año.

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